Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre,
b)Contra la referida Sentencia el imputado Jesús Leonor García Pasabárez formuló recurso de apelación restringida (fs. 74 a 76), que fue resuelto por Auto de Vista 42 de 25 de abril de 2014 (fs. 87 a 89 vta.), dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible y procedente el recurso, revocando la sentencia apelada y absolviendo al imputado del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto por el art. 51 de la Ley 1008, y en aplicación del art. 363 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP): “al haberse demostrado que el imputado es narcodependiente”, ordenó su internación en un centro de rehabilitación hasta su total recuperación y reinserción a la sociedad, en aplicación de los arts. 49 de la Ley 1008 y 79 inc. 1) del Código Penal (CP), motivando la interposición del presente recurso de casación por parte del acusador público.
I.1.1. Motivo del recurso
Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre, que declaró su admisión, se tiene como motivo el siguiente:
El Ministerio Público, previa relación de los antecedentes fácticos y procesales que concluyeron con la sentencia condenatoria contra el imputado, denuncia que el Auto de Vista modificó la Sentencia que declaró a Jesús Leonor García Pasabárez autor del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto por el art. 51 de la Ley 1008; absolviéndolo del mismo y aplicando en su lugar la norma relativa al consumo y tenencia de sustancias controladas, prevista por el art. 49 de la misma Ley, ordenando su internación en un centro de rehabilitación de drogodependencia; sin tomar en cuenta que la fundamentación jurídica de la Sentencia radicó en establecer que los delitos de la Ley 1008 son de peligro y no de resultado, consumándose el hecho desde que se pone en marcha los mecanismos para la ejecución, y que el presente caso corresponde a un delito consumado, pues durante la celebración del juicio oral la Fiscalía demostró que el imputado se encontraba suministrando sustancias controladas, ya que se le encontró con diez sobres de marihuana, encuadrándose su accionar en el delito señalado, por lo que se le condenó a la pena privativa de libertad de ocho años de presidio
- Por memorial presentado el 5 de agosto de 2014, cursante de fs
- a)En mérito a la acusación pública (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre,
- Mediante el Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre, se admitió el recurso de casación
- II.1. Acusación formal
- II.2.Sentencia
- de su pantalón y 8 bolsitas fraccionadas en su inmueble, por tanto realizando todas las
- En el acápite destinado a la valoración de la prueba, previa referencia al art
- De igual modo la prueba documental No
- Pruebas de cargo éstas que se relacionan entre ellas en cuanto a los hechos, tiempo,
- Asimismo de lo expresado por el acusado se puede extractar que el mismo manifestó hechos
- credibilidad a los manifestado por Jesús Leonor García Pasabarez, asimismo la defensa no aportó ningún
- En este acápite el Juez de Sentencia dejó constancia que la defensa del imputado no
- II.3.Apelación
- Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció la errónea aplicación de la ley sustantiva
- II.4.Auto de Vista
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista impugnado, que al resolver los motivos
- III.1. Alcances del recurso de apelación restringida
- El Tribunal de Sentencia, sea unipersonal o colegiado llega a la certeza de culpabilidad o
- En la misma lógica, el Auto Supremo 94/2013 de 2 de abril, manteniendo la jurisprudencia
- Sobre el último aspecto descrito precedentemente, el Tribunal de Alzada aplicando debidamente el principio de
- Finalmente, si bien ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, se advierte que el Juez Primero de Sentencia de Santa
- Ahora bien, corresponde precisar que, en caso de haberse constatado que la Sentencia no se
- Por todo lo expuesto, se concluye que la decisión asumida por el Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
