II.2.Sentencia
El Ministerio Público fundamentó su acusación señalando que en mérito a una denuncia anónima, en sentido de que en la zona Barrio 26 de septiembre Calle 4, una persona de sexo masculino se estaría dedicando a la venta ilícita de sustancias controladas al raleo en vía pública, personal de la FELCN se constituyó en el lugar observando a una persona, quien realizaba movimientos sospechosos y tomaba contacto con diferentes personas de dudosa reputación, es así que el grupo operativo se aproximó y previa advertencia e identificación como funcionarios de la FELCN, encontraron en el bolsillo delantero derecho del pantalón del imputado dos bolsitas de nylon transparente que contenía Marihuana. Posteriormente se ingresó a su domicilio, lugar donde también se encontró 8 bolsitas de Nylon transparente que contenían también la misma sustancia controlada que totalizó 16 gramos.
II.2.Sentencia
- Por memorial presentado el 5 de agosto de 2014, cursante de fs
- a)En mérito a la acusación pública (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre,
- Mediante el Auto Supremo 436/2014-RA de 2 de septiembre, se admitió el recurso de casación
- II.1. Acusación formal
- II.2.Sentencia
- de su pantalón y 8 bolsitas fraccionadas en su inmueble, por tanto realizando todas las
- En el acápite destinado a la valoración de la prueba, previa referencia al art
- De igual modo la prueba documental No
- Pruebas de cargo éstas que se relacionan entre ellas en cuanto a los hechos, tiempo,
- Asimismo de lo expresado por el acusado se puede extractar que el mismo manifestó hechos
- credibilidad a los manifestado por Jesús Leonor García Pasabarez, asimismo la defensa no aportó ningún
- En este acápite el Juez de Sentencia dejó constancia que la defensa del imputado no
- II.3.Apelación
- Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció la errónea aplicación de la ley sustantiva
- II.4.Auto de Vista
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista impugnado, que al resolver los motivos
- III.1. Alcances del recurso de apelación restringida
- El Tribunal de Sentencia, sea unipersonal o colegiado llega a la certeza de culpabilidad o
- En la misma lógica, el Auto Supremo 94/2013 de 2 de abril, manteniendo la jurisprudencia
- Sobre el último aspecto descrito precedentemente, el Tribunal de Alzada aplicando debidamente el principio de
- Finalmente, si bien ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, se advierte que el Juez Primero de Sentencia de Santa
- Ahora bien, corresponde precisar que, en caso de haberse constatado que la Sentencia no se
- Por todo lo expuesto, se concluye que la decisión asumida por el Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
