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    Auto Supremo AS/0685/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0685/2014

    Fecha: 24-Nov-2014

    En la forma

    CONSIDERANDO II:
    DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
    En la forma:
    Señalan los recurrentes que los contratos no fueron debidamente autorizados por el Congreso Nacional de entonces como establecía la Constitución de 1967 para adquirir los terrenos
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En la forma
    • Por otro lado, acusan que pidieron que se notifique al Congreso Nacional si
    • En el fondo
    • Señalan que los demandados al oponer la excepción de cosa juzgada confiesan que hubo un
    • Señalan que los contratos fueron redactados por los demandados y no por sus personas, y
    • Concluye solicitando la aplicación del art
    • Ahora bien, para establecer vicio en estos requisitos de formación, debemos referirnos al contrato que,
    • En el marco de lo manifestado, los antecedentes informan la existencia del contrato de 12
    • Si bien, días más tarde por documento privado de 24 de febrero de 1986, se
    • Sobre que existe ilicitud de causa en el contrato, establecida, según los recurrentes, en la
    • En relación al motivo ilícito, se debe indicar que el motivo es un elemento subjetivo,
    • Por otro lado, el incumplimiento de la prestación a la que se obligó el Comando
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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