En relación al motivo ilícito, se debe indicar que el motivo es un elemento subjetivo,
En relación al motivo ilícito, se debe indicar que el motivo es un elemento subjetivo, la voluntad del sujeto para asistir al contrato, que encuentra su relevancia cuando ese está inserto en el contrato y es determinante para su celebración; sin embargo de la evaluación de los documentos que se aluden de nulos, no se verifica que el elemento subjetivo de las partes se haya incluido en los mismos, por lo cual se hace insustancial que se acuse un motivo ilícito
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- Por otro lado, acusan que pidieron que se notifique al Congreso Nacional si
- En el fondo
- Señalan que los demandados al oponer la excepción de cosa juzgada confiesan que hubo un
- Señalan que los contratos fueron redactados por los demandados y no por sus personas, y
- Concluye solicitando la aplicación del art
- Ahora bien, para establecer vicio en estos requisitos de formación, debemos referirnos al contrato que,
- En el marco de lo manifestado, los antecedentes informan la existencia del contrato de 12
- Si bien, días más tarde por documento privado de 24 de febrero de 1986, se
- Sobre que existe ilicitud de causa en el contrato, establecida, según los recurrentes, en la
- En relación al motivo ilícito, se debe indicar que el motivo es un elemento subjetivo,
- Por otro lado, el incumplimiento de la prestación a la que se obligó el Comando
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
