Auto Supremo AS/0509/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2014

Fecha: 23-Dic-2014

Resalta que, la relación de servicios del demandante, no fue

Resalta que, la relación de servicios del demandante, no fue con el Gobierno Municipal de La Paz sino con el Proyecto de Fortalecimiento Municipal, creado a través de un convenido de préstamo y empréstito internacional. Dice que, en mérito a los arts. 1.5) de la Ley Nº 952 y 2 del DS Nº 21691, el Gobierno Municipal de La Paz realizó contrataciones por consultoría temporal; que, posteriormente las Leyes Nos. 1178, 2027 y 2028 reglamentaron las contrataciones por consultoría de servidores públicos fuera del ámbito de competencia de la Ley General del Trabajo, y que por la documentación de fs. 28 a 46 y 48 a 67, no pudo desconocerse la naturaleza del contrato