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    Auto Supremo AS/0759/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0759/2014

    Fecha: 24-Dic-2014

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    • El recurso de casación interpuesto por Jaime y Dora, ambos de apellidos Gallardo Zurita en
    • Asimismo, el citado Tribunal, absolvió de culpa y pena a Ninfa Ferrari Cantero de Benítez
    • b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Rodolfo Benítez Gallardo y Martha Benítez Gallardo, interpusieron recurso
    • c)Contra el citado Auto de Vista, Franz Carlos Gutiérrez Linares, en representación legal del acusador
    • d)En cumplimiento del señalado Auto Supremo, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
    • De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
    • Auto de Vista impugnado desconoció la fundamentación fáctica y probatoria de la Sentencia con relación
    • Finalmente invocan, como precedente contradictorio, el Auto Supremo 252/2012-RRC de 12 de octubre, que habría
    • Solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, en su mérito se emita
    • Mediante Auto Supremo 358/2014 de 1 de agosto, este Tribunal admitió el recurso formulado por
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Una vez concluido el debate del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de la
    • Es importante agregar que, la Jueza ciudadana Sandra Almendras Borja y el Juez Técnico José
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
    • embargo, el nuevo Auto de Vista mantuvo los mismos elementos y argumentos utilizados en el
    • III.1.Análisis del caso concreto
    • En el caso presente, conforme fluye de los antecedentes procesales, la Sentencia emitida en el
    • la doctrina legal aplicable sentada por el Tribunal Supremo Liquidador, que estableció que en el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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