Asimismo, el citado Tribunal, absolvió de culpa y pena a Ninfa Ferrari Cantero de Benítez
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1.Antecedentes
a)En mérito a las acusaciones pública (fs. 52 a 58 vta.), y particular (fs. 63 a 86), y, desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 07/2009 de 7 de abril (fs. 1708 a 1717), el Tribunal Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, declaró a Rodolfo Benítez Gallardo, autor y culpable del delito de Asesinato, tipificado en el art. 252 incs. 2) y 3) del CP; imponiéndole la pena de treinta años de prisión sin derecho a indulto, con costas.
Asimismo, el citado Tribunal, absolvió de culpa y pena a Ninfa Ferrari Cantero de Benítez y Olga Benítez Gallardo de Gonzales, por el delito de Asesinato, incurso en la sanción del art. 252 incs. 2), 3) y 6) del CP; por otro lado, determinó la condena de Martha Benítez Gallardo, imponiéndole la pena de dos años de reclusión por el delito de Encubrimiento, previsto y sancionado en el art. 171 del CP; finalmente, determinó la absolución de Rossmery Gonzáles Benítez, Elsa Benítez Gallardo y María Nieves Carballo Gallardo, por el precitado delito
- El recurso de casación interpuesto por Jaime y Dora, ambos de apellidos Gallardo Zurita en
- Asimismo, el citado Tribunal, absolvió de culpa y pena a Ninfa Ferrari Cantero de Benítez
- b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Rodolfo Benítez Gallardo y Martha Benítez Gallardo, interpusieron recurso
- c)Contra el citado Auto de Vista, Franz Carlos Gutiérrez Linares, en representación legal del acusador
- d)En cumplimiento del señalado Auto Supremo, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Auto de Vista impugnado desconoció la fundamentación fáctica y probatoria de la Sentencia con relación
- Finalmente invocan, como precedente contradictorio, el Auto Supremo 252/2012-RRC de 12 de octubre, que habría
- Solicitan se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, en su mérito se emita
- Mediante Auto Supremo 358/2014 de 1 de agosto, este Tribunal admitió el recurso formulado por
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Una vez concluido el debate del juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de la
- Es importante agregar que, la Jueza ciudadana Sandra Almendras Borja y el Juez Técnico José
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- embargo, el nuevo Auto de Vista mantuvo los mismos elementos y argumentos utilizados en el
- III.1.Análisis del caso concreto
- En el caso presente, conforme fluye de los antecedentes procesales, la Sentencia emitida en el
- la doctrina legal aplicable sentada por el Tribunal Supremo Liquidador, que estableció que en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
