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    Auto Supremo AS/0770/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0770/2014

    Fecha: 30-Dic-2014

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    • Distrito: Chuquisaca
    • CONSIDERANDO I:
    • En grado de apelación, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca,
    • Del memorial de recurso se resume lo siguiente
    • En el Fondo, de acuerdo al art. 253-1) y 2) del Código de Procedimiento Civil
    • 2
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    • Con ello violan su derecho al debido proceso, defensa, seguridad jurídica por cuanto no permite
    • En la Sentencia ni en el Auto de Vista se pronunciaron sobre los hechos demandados,
    • Existe falta de fundamentación de las resoluciones judiciales afectando el debido proceso que debe ser
    • En base a sus antecedentes, pide casar el Auto de Vista y Sentencia declarando probada
    • CONSIDERANDO III:
    • Recurso de casación en el Fondo
    • Al respecto, se hace necesario remitirnos a los términos de la demanda en la que
    • Sin embargo, de la revisión de los motivos que se arguyen para demandar la ordinarización
    • Se pretende la nulidad del proceso ejecutivo por falta de fuerza ejecutiva del título argumentando
    • El parágrafo I del art
    • Es decir, en el sentido restringido podrá pedirse la revisión posterior de lo resuelto en
    • En esa concepción se enfoca el Tribunal Supremo de Justicia, en que la ordinarización del
    • Por los motivos precedentemente anotados, se concluye que los recurrentes no llegaron a demostrar ni
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs. 1000
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.

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