Auto Supremo AS/0770/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0770/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Con ello violan su derecho al debido proceso, defensa, seguridad jurídica por cuanto no permite

Con ello violan su derecho al debido proceso, defensa, seguridad jurídica por cuanto no permite conocer cuáles son las razones que permiten subsumir los hechos de incumplimiento de contratos de venta al trámite procesal destinado a procesos monitorios como el ejecutivo. Convalidan sin fundamento la aplicación del procedimiento judicial ejecutivo a un hecho que corresponde a procedimiento judicial de conocimiento, por cuanto con la aplicación del proceso ejecutivo a cuestiones emergentes del incumplimiento de contratos de venta, se desconoce las previsiones del Título II De los contratos en Particular Capítulo I De la Venta, en el Código Civil, es decir, el incumplimiento de contratos no corresponde al procedimiento ejecutivo. Este hecho correspondía al procedimiento judicial de conocimiento previsto en el art. 568 del Código Civil