Auto Supremo AS/0773/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0773/2014

Fecha: 30-Dic-2014

Así también, no se encuentra mérito a la alegación de mala fe de los demandados

Así también, no se encuentra mérito a la alegación de mala fe de los demandados que arguye el recurrente, que no merma en absoluto la determinación y razonamiento del Ad quem; de igual modo, respecto a que hubiera existido un incumplimiento de la obligación, el Auto de Vista fue claro en indicar que el pago fue extemporáneo y que existió un incumplimiento en la obligación, por ello se dispuso un resarcimiento por la demora sufrida, no habiendo punto de discusión de aquello, agregando a su fundamento que la determinación de Sentencia fue formalista ante ese mínimo incumplimiento, por el saldo del precio, aplicando el valor supremo justicia y el art. 572 del Código Civil, consideración del Tribunal de apelación que no mereció reclamo alguno por parte del recurrente