Auto Supremo AS/0022/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2014

Fecha: 25-Feb-2014

2

2.- Indica que con el Auto Interlocutorio de fojas 50 la demandante se notificó el día viernes 29 de febrero de 2008 debiendo proponer su prueba dentro de los cinco días posteriores, es decir hasta el martes 5 de marzo de 2008, sin embargo presentó su prueba el 10 de marzo de 2008, cuatro días después de haber vencido el plazo legal y perentorio previsto por el artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, con relación a los artículos 149 y 252 del Código Procesal del Trabajo. Añade que este actuado constituye una violación a las formas esenciales del proceso y que si bien hizo notar esta falta a fojas 64 vuelta el Juez A quo no actuó con diligencia y se limitó a decretar estese a los datos del proceso, sin fundamentar su decisión, agrega que, la observación realizada oportunamente no permite que ese hecho sea convalidado