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    Auto Supremo AS/0022/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0022/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.

    MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
    REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Quinto de Trabajo y
    • En grado de apelación, por Auto de Vista de 4 de marzo de 2009, emitido
    • Refiere que el presente juicio sumario por pago de beneficios sociales, se ha desarrollado con
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    • CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
    • En este entendido, la jurisprudencia del Supremo Tribunal de Justicia, ha establecido que en materia
    • En ese marco, el error in procedendo debe estar expresamente sancionado por ley (principio de
    • En el caso de autos, si bien el Juez de primera instancia se limitó a
    • Con referencia a que la producción de la prueba testifical fue recepcionada habiendo vencido el
    • En cuanto a la confesión provocada, no estando claro el nombre a quien debió convocarse
    • De lo que se infiere que el Juez cumplió estrictamente con el mandato de los
    • A mayor fundamentación es menester referirnos al principio de convalidación, señalando que las nulidades procesales
    • Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en transgresión, violación
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
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