Auto Supremo AS/0022/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2014

Fecha: 25-Feb-2014

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3.- Manifiesta que la vigencia del periodo probatorio se computa a partir de la última notificación a las partes, en el caso de análisis el periodo probatorio empezó a computarizarse a partir del 8 de marzo de 2008, es decir que, el plazo vencía el 17 de marzo de 2008, sin embargo el Juez recibió las pruebas testificales el 8 de abril de 2008, es decir 21 días después de haber vencido el periodo probatorio y que el Tribunal Ad quem al confirmar la Sentencia dictada ha violado las formas esenciales del proceso por no haber cumplido con su obligación legal prevista en el artículo 3 inciso 1) y el artículo 191 del Código de Procedimiento Civil