Auto Supremo AS/0025/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2014-RRC

Fecha: 18-Feb-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)En mérito a la acusación pública, presentada por el Ministerio Público y desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 23/2011 de 16 de diciembre (fs. 211 a 218 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, falló declarando a Benito Mamani Jerez, culpable de la comisión del delito de Violación Agravada a Niña, tipificado y sancionado por el art. 308 Bis con relación al art. 310 inc. 3), ambos del CP, condenándole a sufrir la pena privativa de libertad de veinte años de presidio, sin derecho a indulto, con costas a favor del Estado y el pago de daños y perjuicios a favor de la víctima.

b)Contra la mencionada Sentencia, Benito Mamani Jerez formuló recurso de apelación restringida (fs. 220 a 223), resuelto por Auto de Vista 56/2013 de 22 de octubre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso y confirmó la Sentencia impugnada, motivando la interposición del presente recurso