Auto Supremo AS/0004/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0004/2014

Fecha: 28-Mar-2014

II

II. Esta exención no alcanza a los sujetos pasivos del IUE que realicen actividades de intermediación financiera, entendiendo como tales las definidas en el Artículo 1 de la Ley Nº 1488 (Texto Ordenado al 20 de diciembre de 2001), Ley de Bancos y Entidades Financieras; por tanto, conforme lo dispone el parágrafo III del artículo 20 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, las Resoluciones Administrativas de Exención de sujetos pasivos que realizan dichas actividades quedaron abrogadas a partir de la vigencia de la Ley Nº 2493 de 4 de agosto de 2003…”