Auto Supremo AS/0044/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2014

Fecha: 25-Mar-2014

Con relación a la acusación de errónea aplicación del Decreto Supremo Nº 28699 de 1

Con relación a la acusación de errónea aplicación del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, cabe señalar que en el caso de autos se deduce que el trabajo desplegado por la actora en la Universidad Autónoma Tomás Frías, fue en calidad de consultor bajo la modalidad de programas de ingles autofinanciados, realizando sus labores sin registro de asistencia alguna, percibiendo como honorarios profesionales un pago global trimestral por módulo -y no así un sueldo mensual-, el mismo que era cancelado previo informe de actividades y autorización del Jefe de Finanzas e informe de la División de Contabilidad de la Universidad Autónoma Tomás Frías, conforme se evidencia de los registros de Presupuesto por Servicios Personales y/o gastos por servicios adjuntos en obrados en las pruebas de descargo presentadas, y en los cuales además se verifica el descuento de los impuestos IUE e IT en plena conformidad de la actora. Desprendiéndose de ello no ser evidente la errónea aplicación del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 y como consecuencia de ello, tampoco se produjo la vulneración de las Resoluciones Ministeriales Nº 283/62 de 13 de junio de 1962 y Nº 193/72 de 15 de mayo de 1972, por cuanto no pudo darse la reconducción en los diferentes contratos de consultoría independiente a los cuales estuvo sujeta la actora