4
4. Dice que, para revocar en parte la resolución recurrida el Tribunal de Apelación, realiza una interpretación errónea o aplicación indebida del Decreto Supremo Nº 1592 de 19 de abril de 1949 a tiempo de fundamentar el sueldo promedio indemnizable y el bono de antigüedad, toda vez que este bono es una remuneración extra legal y no puede estar ligado o unido al monto a indemnizarse, porque además, la propia Sentencia en su inc. f) reconoce no haberse pagado al trabajador según las planillas y boletas de pago y por eso sólo ha liquidado su pago de los dos últimos años, porque en apego al art. 120 de la Ley General del Trabajo hubiere prescrito en el término de dos años. De modo que el salario promedio indemnizable de Bs. 1.070.- es ilegal
- Excepción de Falta de Acción y Derecho opuestas por el empleador de fs
- Suma que deberá ser cancelada dentro de
- de fs
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- CONSIDERANDO II: Que, contra el referido Auto
- En cuanto a la forma
- 1
- 2
- Recurso de Casación en el Fondo
- 3
- 4
- Por lo expuesto, pide que previos los
- Recurso de Casación en la Forma del
- ofrecidos por el señor Quispe, especialmente la del profesor Anselmo Quiroz cuya declaración cursa en
- Causal de retiro
- Sueldo promedio indemnizable
- Reintegro de sueldos
- Horas extras
- Reposición de test vocacional
- En consecuencia, dice que, al estar justificados
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- Sobre la Forma
- Sobre el Fondo
- El Recurso se limita a realizar exposición
- El recurrente, señala que se hizo una
- En lo referido a lo señalado por
- Sobre la nota de fs
- Sobre la fusión del sueldo promedio indemnizable
- En consecuencia, sobre el Recurso de Casación
- Finalmente, se hace notar que el demandado,
- Sobre el Recurso de Casación en la
- El indicado Recurso toma como puntos básicos
- Sobre el indicado Recurso, el art
- De otra parte, la secuencia que impone
- Cabe señalar, una vez más, que el
- Así se tiene de la abundante jurisprudencia
- Que, en ese marco legal el Recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Libro de Tomas de Razón Nº 071/2014
