Sobre la nota de fs
Sobre la nota de fs. 15, la cual no se constituiría en un retiro, sino en uno de agradecimientos por la gestión concluida y que estaría sujeta a que el receptor de la misma formalice con una nueva nota su deseo de continuar prestando servicios, el Tribunal de Alzada lo ha valorado y ha considerado que se ha tratado nomas de un agradecimiento de servicios reputado como despido. En este sentido, de los datos del proceso, se ha constatado que el demandante ha trabajado en forma ininterrumpida desde el año 1993, es decir más de 12 años en la Unidad Educativa por lo que resulta a todas luces que después de haber transcurrido ese tiempo, mediante un sutil artificio se le agradezca por una parte sus servicios y por otra se le pide que formalice para la próxima gestión su intención de trabajar en esta unidad
- Excepción de Falta de Acción y Derecho opuestas por el empleador de fs
- Suma que deberá ser cancelada dentro de
- de fs
- Que, contra el referido Auto de Vista,
- CONSIDERANDO II: Que, contra el referido Auto
- En cuanto a la forma
- 1
- 2
- Recurso de Casación en el Fondo
- 3
- 4
- Por lo expuesto, pide que previos los
- Recurso de Casación en la Forma del
- ofrecidos por el señor Quispe, especialmente la del profesor Anselmo Quiroz cuya declaración cursa en
- Causal de retiro
- Sueldo promedio indemnizable
- Reintegro de sueldos
- Horas extras
- Reposición de test vocacional
- En consecuencia, dice que, al estar justificados
- CONSIDERANDO III: Que, así expuestos los fundamentos
- Sobre la Forma
- Sobre el Fondo
- El Recurso se limita a realizar exposición
- El recurrente, señala que se hizo una
- En lo referido a lo señalado por
- Sobre la nota de fs
- Sobre la fusión del sueldo promedio indemnizable
- En consecuencia, sobre el Recurso de Casación
- Finalmente, se hace notar que el demandado,
- Sobre el Recurso de Casación en la
- El indicado Recurso toma como puntos básicos
- Sobre el indicado Recurso, el art
- De otra parte, la secuencia que impone
- Cabe señalar, una vez más, que el
- Así se tiene de la abundante jurisprudencia
- Que, en ese marco legal el Recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Libro de Tomas de Razón Nº 071/2014
