Auto Supremo AS/0071/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2014

Fecha: 24-Abr-2014

El recurrente, señala que se hizo una

El recurrente, señala que se hizo una incorrecta aplicación del art. 159 del Código Procesal del Trabajo, con referencia al tiempo de servicios. Sobre este particular, el Auto de Vista recurrido, en base a los datos del proceso, advierte que el año de ingreso del demandante fue del año 1993, aspecto que fue corroborado por los certificados de trabajo expedidos por la propia Unidad Educativa, cursantes de fs. 139, 140 y 148 de obrados, datos que no han sido enervados por la entidad demandada en las instancias correspondientes