Del memorial que cursa de fs. 346 a 356 vta., se extraen los siguientes motivos
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 277 a 285 y 288 a 294), que fue resuelto mediante el Auto de Vista 30/2013 de 5 de abril, que declaró ADMISIBLE e IMPROCEDENTE los referidos recursos y en consecuencia confirmó la Sentencia apelada.
c) Notificada la imputada Luisa Mamani Solíz con el referido Auto de Vista, el 16 de octubre de 2013 (fs. 335), interpuso el recurso de casación el 21 del mismo mes y año, que es motivo de autos.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 346 a 356 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) La recurrente, después de realizar una remembranza de los antecedentes del caso, impugna el Auto de Vista 30/2013, argumentando que el mismo vulnera el art. 42 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por falta de competencia, en mérito a que el proceso en virtud a las apelaciones restringidas interpuesta por los procesados; fue asignado mediante sorteo a la Sala Penal Segunda; sin embargo, en la Resolución emitida por los Vocales de la referida Sala Penal, en la parte resolutiva señala “La Sala Penal Primera…”, a cuyo fin cita de manera textual el contenido de los arts. 42 y 44 del Código Adjetivo Penal, mencionando como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 86/2003-R de 9 de septiembre
- Delito : Tráfico de Sustancias
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial que cursa de fs. 346 a 356 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo motivo de su recurso, refiere que el Auto de Vista recurrido en
- 4) Que, el Auto de Vista recurrido, al señalar en su considerando III
- 7) Argumenta vulneración del art
- En base a esos fundamentos solicita se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se llega a establecer que la procesada Luisa Mamani Solíz,
- Extractados los presuntos agravios en la forma expuesta en el acápite II del presente Auto
- En relación a los motivos tercero, cuarto, sexto y séptimo, donde se reclama respectivamente:
- Asimismo, la recurrente, en el tercer motivo, alude vulneración al derecho a la defensa; sin
- En cuanto al quinto argumento, en el que se denunció que en la Sentencia no
- Se deja constancia que, si bien la recurrente, a lo largo de su recurso hizo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
