Auto Supremo AS/0083/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2014-RA

Fecha: 09-Abr-2014

Extractados los presuntos agravios en la forma expuesta en el acápite II del presente Auto


Extractados los presuntos agravios en la forma expuesta en el acápite II del presente Auto Supremo, corresponde precisar que, respecto a los motivos primero y segundo, en los que se denuncia: Vulneración del art. 42 del CPP, al haberse señalado en la parte dispositiva del Auto de Vista “La Sala Penal Primera…” (sic) y en la parte del encabezado identificó el Tribunal como Sala Penal Segunda; y, que al haberse hecho cita del Auto Supremo 228/2008 de 15 de julio, se hizo referencia erróneamente al art. 297 del CPP, norma citada impertinentemente, lo que vulnera el art. 1 de la citada norma. Sobre estos agravios, la recurrente omitió invocar los precedentes presuntamente contradictorios en relación al Auto de Vista impugnado, y como consecuencia de dicha falencia, tampoco existe en el recurso explicación alguna sobre cuál la situación de hecho similar y principalmente en que se basaría la contradicción de los precedentes en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 416 del CPP, obligación que adquiere trascendental importancia, pues sobre esa base debe partir el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución de fondo, deficiencia del recurso que deriva en que estas denuncias devengan en inadmisibles