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    Auto Supremo AS/0138/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0138/2014-RRC

    Fecha: 28-Abr-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de enero de 2014, Zenobia Choque Mamani interpuso recurso de
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • Por lo expuesto, la recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado,
    • II.1. Sentencia
    • Sustanciada la audiencia de juicio, por Sentencia 05/2011 de 7 de octubre, el Tribunal Quinto
    • II.2. Recurso de apelación restringida
    • Previo el trámite recursivo, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
    • b) La imputada no se encontraba en estado de indefensión por habérsele designado defensor de
    • c) La Sentencia guarda lógica estructural, describiendo cada uno de los elementos probatorios desfilados en
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. De los precedentes invocados
    • La recurrente para fundar su recurso de casación invoca en primer término el Auto Supremo
    • Por tanto es obligación del Tribunal de alzada, de la misma manera pronunciarse FUNDADAMENTE, respecto
    • El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1º del Código de Procedimiento
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • No obstante lo señalado, también la recurrente plantea una cuestión de índole procesal al sostener
    • Asimismo, el Tribunal de alzada expresó con base a la doctrina legal contenida en los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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