Auto Supremo AS/0138/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2014-RRC

Fecha: 28-Abr-2014

El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1º del Código de Procedimiento


(…)

El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1º del Código de Procedimiento Penal, se halla tutelado por las garantías constitucionales y las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio, consecuentemente, el Tribunal de alzada, velando tanto por su observancia cuanto por la economía procesal, debe proceder a anular la sentencia y disponer el re envío a conocimiento de otro Tribunal de Sentencia cuando existan como en el caso de Autos evidentes defectos en la sentencia que la tornan contradictoria y sin debida fundamentación”