Auto Supremo AS/0140/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2014

Fecha: 30-Abr-2014

En consecuencia, se llega al convencimiento de que el Tribunal de Alzada, no ha violado

Así también en referencia al defensor de oficio quien privo a los “presuntos interesados” a su derecho a la defensa, a la igualdad de las partes, no habiéndose apelado como tenía obligación en su condición de defensor de oficio, solo estableciendo el referido mecanismo de defensa a favor de Justiniano Quisbert Salazar y no percutar su derecho a la impugnación de “presuntos interesados” de quien también tenía la obligación de asistir técnicamente a los mismos vulnerando el debido proceso e igualdad de partes.
En consecuencia, se llega al convencimiento de que el Tribunal de Alzada, no ha violado ninguna disposición legal, menos las acusadas en el recurso, no siendo evidentes los agravios que aduce la parte recurrente, por lo que corresponde aplicar lo previsto por los artículos 271 numeral 2); y 273 del Código de Procedimiento Civil