Auto Supremo AS/0140/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2014

Fecha: 30-Abr-2014

Por otro lado, transcribiendo el Auto de Vista en lo que refiere “… de la

Por otro lado, transcribiendo el Auto de Vista en lo que refiere “… de la revisión de antecedentes se evidencia que no fue legalmente citada la Alcaldía Municipal de Tiquipaya con la demanda de fs. 1 irregularidad esta que no puede ser subsanada con la orden de que la alcaldía preste las certificaciones requeridas en dicha demanda y deferida mediante el proveído de admisión de 1 de agosto de 2002, la falta de citación a la alcaldía municipal es motivo de nulidad del proceso…” entendiendo que las autoridades querían expresar que a tiempo de admitir la demanda ordene la citación a la alcaldía municipal de Tiquipaya, lo cual en la parte resolutiva no expresa en ese sentido, y que por el contrario se anula obrados hasta que se cite con la demanda de fs. 1 a la alcaldía municipal de Tiquipaya lo cual a decir del recurrente se cumplió a fs. 3, siendo que la asesoría legal de dicho municipio refrenda dicha actuación judicial, disponiéndose la nulidad sin valorar la misma, además del tiempo y dinero que demanda la misma atropellándose al debido proceso y a la dinámica procesal