En ese marco, se infiere que la fundamentación, motivación y exhaustividad en una Resolución que
En ese marco, se infiere que la fundamentación, motivación y exhaustividad en una Resolución que resuelva cualquier controversia, no necesariamente implica que la exposición de motivos deba ser exagerada y abundante en sus consideraciones, citas legales o que contenga argumentos repetitivos, al contrario una debida motivación con lleva que la Resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados, a través de la cual el juzgador pueda exponer de forma clara sus fundamentos, en suma se exige no solo una adecuada fundamentación sino también que exista coherencia y concordancia entre la parte motivada y la parte dispositiva
- Sucre: 30 de abril de 2014
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Segundo en lo Civil de
- Contra la indicada Sentencia, Justiniano Quisbert Salazar previo apersonamiento por escrito de fs
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
- Por otro lado, transcribiendo el Auto de Vista en lo que refiere “… de la
- Refiere que no se consideró el párrafo 1 del artículo 129 del Cod
- Es preciso hacer notar que el recurrente interpone recurso de casación en la forma realizando
- En ese marco, se infiere que la fundamentación, motivación y exhaustividad en una Resolución que
- En el caso presente revisada la resolución de alzada la misma contiene los elementos básicos
- En virtud a lo antes mencionado, en el caso que nos ocupa y de la
- Que, el artículo 128 del Código de procedimiento Civil señala que será nula toda citación
- Estos hechos han concluido en una resolución de segunda instancia anulatoria, y en virtud de
- En consecuencia, se llega al convencimiento de que el Tribunal de Alzada, no ha violado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón Nº 140/2014
