TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 152/2014
Sucre: 16 de abril 2014
Expediente : CB-11-14-S
Partes : Abraham Lazarte Lizarazu María Yolanda Villarroel de Lazarte. c/ Nilo
Guaraguara Goytia, Julio Vicente Luna y Honorable Alcaldía Municipal de Tiquipaya
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 152/2014
Sucre: 16 de abril 2014
Expediente : CB-11-14-S
Partes : Abraham Lazarte Lizarazu María Yolanda Villarroel de Lazarte. c/ Nilo
Guaraguara Goytia, Julio Vicente Luna y Honorable Alcaldía Municipal de Tiquipaya
- Distrito
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por los demandados y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, los demandantes interpusieron recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que el Auto de Vista de 1º de noviembre de 2013 refiere que la Honorable
- Que se habría admitido el desistimiento en cumplimiento del art
- Señalan que el Auto de Vista impugnado aplica erróneamente el art
- Por lo expuesto y considerando que el tribunal de apelación no se ha pronunciado
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Establecido lo anterior diremos
- En el caso autos, se observa que el Tribunal de Alzada anuló el Auto de
- Ahora bien, de la revisión de los antecedentes del proceso, se evidencia que el tribunal
- Si bien el artículo 17 de la Ley 025 previene la revisión de los actuados
- De la revisión de obrados, se establece que el desistimiento presentado por autorización de la
- De lo que se colige que habiendo sido presentado el desistimiento como consta a fs
- Por lo anterior manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales de la Sala Civil Primera
- En virtud a lo previsto por el artículo 17 parágrafo IV de la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Segundo
