Auto Supremo AS/0186/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2014

Fecha: 24-Abr-2014

Asimismo, se entiende que la acción reivindicatoria puede presentar los siguientes supuestos: a) El actor

Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil, las disposiciones de la Sentencia sólo comprenderán a las partes que intervinieren en el proceso y a las que trajeren o derivaren sus derechos de aquellas. En ese mismo sentido el artículo 1451 del Código Civil, prevé que lo dispuesto por la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada causa estado a todos los efectos entre las partes, sus herederos y causahabientes.
Asimismo, se entiende que la acción reivindicatoria puede presentar los siguientes supuestos: a) El actor presenta título de su derecho y el demandado no lo presenta; b) Tanto el actor como el poseedor demandado presentan títulos (Auto Supremo Nº 9 de 15 de febrero de 2012)