De legajos se tiene que Margarita Delgadillo Vda
De legajos se tiene que Margarita Delgadillo Vda. de Márquez habría inscrito su derecho propietario sobre el mismo inmueble ubicado en Tucsupaya Alta en Derechos Reales en fecha 2 de Marzo de 1978, y que, Alicia Amonzabel de Cárdenas, inscribió su derecho propietario en dicha oficina en fecha 8 de abril de 1980, tal cual puede evidenciarse a través de la Certificación de tradición emitida por la Oficina de Derechos Reales de fojas 159 a 161 vuelta, documentos que encuentran su respaldo dentro de nuestra normativa conforme lo previsto por los artículos 1286, 1289 y 1296 del Código Civil, con relación al parágrafo I del artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, llegando a la conclusión y siendo que, por la particularidad del caso, este Tribunal no encuentra la procedencia para la reivindicación del lote de terreno signado con el Nº B-1, ubicado en la zona de Tucsupaya alta de la ciudad de Sucre en favor del demandante Florencio Tufiño Puma, al existir una resistencia de la parte demandada alegando con documental ser propietaria de la cosa, por lo que ambos justiciables –demandante y demandado- podrán hacer valer sus derechos a través de un proceso de reconocimiento de mejor derecho de propiedad en el que demuestren convenientemente sus pretensiones, en cuya consecuencia corresponde dar aplicación a lo dispuesto por el artículo 271 numeral 4 y 274 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I
- Contra el referido Auto de Vista, la recurrente interpone recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO II
- De la misma forma refiere que el Tribunal de Alzada en el auto de vista
- Acusa al Auto de Vista por violación a los principios de pertinencia y congruencia previstos
- Por otra parte, la recurrente acusa errónea interpretación y aplicación de los artículos 1453-1 y
- Sobre el recurso de casación en la forma
- Finaliza en su petitorio solicitando se case el Auto de Vista Nº 171/2012, debiendo declararse
- Que, así planteados los recursos, se ingresa a su análisis y consideración, comenzando por el
- En este contexto, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- En la especie, el contenido del recurso presentado por la demandada, resulta contradictorio, incongruente y
- En cuanto al recurso de casación en el fondo
- En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
- Para el caso de autos lo que nos interesa es el segundo supuesto, es decir
- Por otro lado, conviene también precisar que en su sentido procesal, la prueba es un
- Bajo el lineamiento precedente se tiene que
- Asimismo, la demandada Rosa Caro Delgadillo Vda
- Con estos antecedentes, de la revisión de obrados así como de las pruebas presentadas en
- Asimismo, Fernando Bejarano y Máxima Limachi de Bejarano transfieren en calidad de venta un lote
- Por otro lado cabe destacar que los informes periciales que cursan en obrados de fojas
- Para el caso concreto, el artículo 1453 parágrafo I previene que "el propietario que ha
- De legajos se tiene que Margarita Delgadillo Vda
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- CONSIDERANDO: que, la Jueza de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de ésta Capital,
- Deducida la apelación por la demandada, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
- Esta resolución superior dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la
- CONSIDERANDO: que, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0845/2013 de 11 de junio (fojas 574 a
- Que, conforme faculta el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, y faculta también el
- Asimismo, se entiende que la acción reivindicatoria puede presentar los siguientes supuestos: a) El actor
- Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más personas
- Que, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil establece que las normas procesales son
- Que, de lo expuesto, se tiene que la demanda de fojas 47 a 50, fue
- Que, los Jueces y Tribunales de alzada deben tener presente que la integración a la
- POR TANTO: la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
