Auto Supremo AS/0186/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2014

Fecha: 24-Abr-2014

De legajos se tiene que Margarita Delgadillo Vda

De legajos se tiene que Margarita Delgadillo Vda. de Márquez habría inscrito su derecho propietario sobre el mismo inmueble ubicado en Tucsupaya Alta en Derechos Reales en fecha 2 de Marzo de 1978, y que, Alicia Amonzabel de Cárdenas, inscribió su derecho propietario en dicha oficina en fecha 8 de abril de 1980, tal cual puede evidenciarse a través de la Certificación de tradición emitida por la Oficina de Derechos Reales de fojas 159 a 161 vuelta, documentos que encuentran su respaldo dentro de nuestra normativa conforme lo previsto por los artículos 1286, 1289 y 1296 del Código Civil, con relación al parágrafo I del artículo 397 del Código de Procedimiento Civil, llegando a la conclusión y siendo que, por la particularidad del caso, este Tribunal no encuentra la procedencia para la reivindicación del lote de terreno signado con el Nº B-1, ubicado en la zona de Tucsupaya alta de la ciudad de Sucre en favor del demandante Florencio Tufiño Puma, al existir una resistencia de la parte demandada alegando con documental ser propietaria de la cosa, por lo que ambos justiciables –demandante y demandado- podrán hacer valer sus derechos a través de un proceso de reconocimiento de mejor derecho de propiedad en el que demuestren convenientemente sus pretensiones, en cuya consecuencia corresponde dar aplicación a lo dispuesto por el artículo 271 numeral 4 y 274 del Código de Procedimiento Civil