Auto Supremo AS/0131/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2014

Fecha: 19-May-2014

A mérito de dichas consideraciones en el caso de autos este Tribunal Supremo de Justicia


A mérito de dichas consideraciones en el caso de autos este Tribunal Supremo de Justicia ha evidenciado que el Tribunal de Alzada con total sindéresis y coherencia jurídica y cumpliendo con lo previsto por el artículo 158 del Código Procesal del Trabajo que dispone: "El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes.", han emitido los fallos en la litis, no habiendo incurrido en una errada valoración de la prueba y ni en la vulneración de lo previsto en los artículos 401 del Código de Procedimiento Civil, 151, 159 y 179 del Código Procesal del Trabajo