Auto Supremo AS/0131/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2014

Fecha: 19-May-2014

Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en


Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, no siendo evidentes las violaciones aducidas en el recurso de casación en el fondo de fojas 167 a 169, corresponde resolver el presente recurso conforme lo dispuesto en los artículos 271 inciso 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo