Auto Supremo AS/0150/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

Ahora bien, advertido el hecho de que el recurrente denuncia incongruencia entre la Sentencia y


Ahora bien, advertido el hecho de que el recurrente denuncia incongruencia entre la Sentencia y la acusación pública, extremo que considera lesivo a la garantía del debido proceso en vinculación a la ausencia de motivación del Auto de Vista cuestionado, que considera se acomoda al defecto absoluto inserto en el art. 169 inc. 3) y a la previsión contenida en el art. 167, ambos del CPP, es imperioso verificar si el mismo cumplió los presupuestos que hacen viable la admisión excepcional, vía flexibilización, del agravio deducido; así, se constata que el recurrente, además de proporcionar los antecedentes del hecho (incongruencia entre la acusación y la Sentencia), identificó el derecho vulnerado (debido proceso), precisando de forma detallada la restricción de la referida garantía, que derivó en un resultado dañoso (su condena por delitos distintos a los que originaron la apertura del juicio); de la referida fundamentación, se observa que el recurrente cumplió con los presupuestos establecidos por este Tribunal, haciendo viable la admisión de este motivo para su análisis en la resolución de fondo