Auto Supremo AS/0157/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

En lo que se refiere al hecho consignado como tercer agravio, consistente en la denuncia


En cuanto al segundo motivo, el recurrente denuncia incongruencia omisiva del Tribunal de apelación, toda vez que no se habría pronunciado sobre la apelación “restringida” a la Resolución de rechazo a los incidentes planteados en la audiencia conclusiva; agravio respecto al cual invocó el Auto Supremo 679 de 17 de diciembre de 2010, como precedente presuntamente contradictorio, en tal virtud, este motivo también resulta admisible.

En lo que se refiere al hecho consignado como tercer agravio, consistente en la denuncia de que el Tribunal de apelación se hubiera referido al defecto de sentencia previsto en el art. 370 inc. 4) del CPP, mismo que no hubiera sido objeto de reclamo; cabe señalar que, el recurrente omite fundamentar cómo tal hecho le causa agravio, puesto que no existe explicación alguna al respecto, imprecisión que impide conocer a este Tribunal cuál el agravio que el recurrente entiende le causó la Resolución ahora impugnada a efectos de poder de un pronunciamiento sobre el mismo, extremo que determina la declaratoria de inadmisibilidad del referido motivo, sin que dicha falencia, pueda ser suplida con la mera mención de vulneración al debido proceso y la seguridad jurídica, como hizo el recurrente