Auto Supremo AS/0204/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0204/2014

Fecha: 08-May-2014

En instituto de referencia en nuestra legislación, contempla dos requisitos una la del tiempo y

En instituto de referencia en nuestra legislación, contempla dos requisitos una la del tiempo y otra la inactividad durante seis meses. La segunda parte del artículo en estudio señala que el cómputo se efectúa desde la última actuación, la norma no indica que la actuación sea exclusivamente del demandante, sino en forma genérica hace referencia a la actuación procesal, sea de las partes (el demandante, demandado o el Juez)