Según Chiovenda, el fundamento de la perención de la instancia se apoya en dos distintos
Según Chiovenda, el fundamento de la perención de la instancia se apoya en dos distintos motivos: de un lado, la presunta intención de las partes de abandonar el proceso que se muestra en la omisión de todo acto de impulso; y de otro, el interés público de evitar la pendencia indefinida de los procesos por el peligro que esto conlleva para el principio de la seguridad jurídica
- Partes
- Proceso : Nulidad
- Distrito :
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la demanda, y resuelta mediante
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Según Chiovenda, el fundamento de la perención de la instancia se apoya en dos distintos
- En instituto de referencia en nuestra legislación, contempla dos requisitos una la del tiempo y
- Ahora, corresponde señalar que la perención de instancia tampoco no se produce ispo fato de
- En el sub lite, a fs
- Así se dirá que los de instancia toman en cuenta, como último actuado el memorial
- Posteriormente, se presenta el memorial de fs
- Se debe manifestar que el carácter de la inactividad procesal debe subsistir hasta la petición
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
