Auto Supremo AS/0211/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2014

Fecha: 09-May-2014

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3. Respecto a la errónea apreciación de la prueba con relación a la valoración que el Tribunal de Alzada realiza a los informes emitidos por el Servicio de Gestión Social y las declaraciones testificales de descargo que, según el recurrente estarían parcializadas, se debe hacer mención nuevamente a que el actor estaba en la obligación de demostrar conforme a derecho las sevicias, injurias graves o malos tratos de palabra o de obra realizados a su persona por su esposa y de esta manera confirmar la pretensión que señala en la demanda, situación que como se evidencia no ha ocurrido en el caso de Autos. De esta manera el Tribunal Ad quem, realizó una adecuada valoración de la prueba asignándole el valor que le otorga el art. 1286 del Código Civil; consiguientemente lo manifestado por el recurrente no resulta evidente