Que el Tribunal de Alzada haría una tergiversación de la prueba, sobre todo las pruebas
Sobre el inc. g)
Que el Tribunal de Alzada haría una tergiversación de la prueba, sobre todo las pruebas documentales las prueba documentales mas precisamente los planos aportados como prueba de cargo manifestando que “los últimos difieren en su ubicación y con respecto al primero y si esto es así, también diferiría sustancialmente respecto al registro respectivo en derechos reales lo que daría lugar a una equivocidad en la ubicación del bien” no señalando ni contrastando con prueba de descargo alguna, haciéndose la pregunta de ¿cuáles serían diferencias o los datos de variación de la ubicación? Y que tanto las declaraciones testificales de los trabajadores de la empresa PRODECO S.R.L., realizada en la inspección judicial de Visu y la manifestación expresada por el arquitecto Néstor Valverde perito de la parte demandante no fueron objeto de observación y manos de rechazo por la parte demandada
- Distrito : Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandante interpuso recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que los actos de dominio como sus presupuesto: Material (corporal) y Animo (Animus) se habrían
- Que el Ad quem desvirtuaría el valor de la prueba testifical tergiversando y forzando el
- Que se tergiversaría el Ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de la prueba de reciente obtención
- Además que dicha prueba no habría sido observada en el tiempo oportuno, ni contrastada con
- Que el Tribunal de Alzada en su razonamiento ilegal y violatorio de la ley,
- Que el Tribunal de Alzada haría una tergiversación de la prueba, sobre todo las pruebas
- Que el Tribunal de Alzada señalaría que el A quo no habría valorado adecuadamente las
- Finalmente, solicita que el Tribunal Supremo que en aplicabilidad de los Arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- En ese entendido se establece que el recurrente centra su impugnación en torno a la
- En este sentido se debe puntualizar que los arts
- Con relación a que el Ad quem tergiversaría el ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de
- Razón por la que el Tribunal de Alzada no puede quitar el valor jurídico que
- En cuanto a que el Tribunal de Alzada habría hecho una fundamentación donde tergiversarían
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
