Que se tergiversaría el Ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de la prueba de reciente obtención
Sobre el Inc. d)
Que se tergiversaría el Ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de la prueba de reciente obtención que habría presentado por el Arquitecto Néstor Juan Valverde, que se habría producido por mandato del Juez de primera instancia de ese momento en la audiencia pública de inspección judicial, y que el Ad quem estaría negando esta prueba consistente en el informe de trabajo, levantamiento topográfico y georeferenciacion de la propiedad, ante la negativa de la demandada de presentar la documentación técnica de su propiedad, quien argüiría que el área que se pretenda usucapir no correspondía a su propiedad, por lo que el recurrente denuncia que existiría irregularidades en el gobierno municipal por no exigir estos documentos técnicos a la propietaria como lo hace con todos los ciudadanos, por lo que incurriría en incumplimiento de deberes
- Distrito : Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, el demandante interpuso recurso de casación en
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que los actos de dominio como sus presupuesto: Material (corporal) y Animo (Animus) se habrían
- Que el Ad quem desvirtuaría el valor de la prueba testifical tergiversando y forzando el
- Que se tergiversaría el Ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de la prueba de reciente obtención
- Además que dicha prueba no habría sido observada en el tiempo oportuno, ni contrastada con
- Que el Tribunal de Alzada en su razonamiento ilegal y violatorio de la ley,
- Que el Tribunal de Alzada haría una tergiversación de la prueba, sobre todo las pruebas
- Que el Tribunal de Alzada señalaría que el A quo no habría valorado adecuadamente las
- Finalmente, solicita que el Tribunal Supremo que en aplicabilidad de los Arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- En ese entendido se establece que el recurrente centra su impugnación en torno a la
- En este sentido se debe puntualizar que los arts
- Con relación a que el Ad quem tergiversaría el ofrecimiento, aceptación, realidad y contenido de
- Razón por la que el Tribunal de Alzada no puede quitar el valor jurídico que
- En cuanto a que el Tribunal de Alzada habría hecho una fundamentación donde tergiversarían
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
