Auto Supremo AS/0069/2014-D
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2014-D

Fecha: 10-Jun-2014

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la facultad

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la facultad reconocida en el artículo 79 del Código Procesal Constitucional, PROMUEVE DE OFICIO acción de inconstitucionalidad concreta del artículo 10, parágrafo I de la Ley 212 por oposición a los principios constitucionales de vivir bien e igualdad de oportunidades, reconocidos en los parágrafos I y II del artículo 8, a los principios de seguridad jurídica, celeridad, gratuidad y servicio a la sociedad contenidos en el parágrafo I del artículo 178 de la Constitución Política del Estado y al derecho al acceso a la justicia consagrado por el artículo 115 de la Norma Constitucional y al derecho a la impugnación o doble instancia reconocido por el artículo 8, núm. 2 inciso h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica y el artículo 14, núm. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Asimismo la inconstitucionalidad del artículo 775 del Código de Procedimiento Civil únicamente en la parte que dice “(…) ante la Corte Suprema de Justicia…”, por entrar en contradicción con los principios y derechos constitucionales antes señalados