Auto Supremo AS/0222/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2014-RRC

Fecha: 09-Jun-2014

b) La referida Sentencia fue recurrida de apelación restringida por Guanda Miriam López Corrales (fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 222/2014-RRC
Sucre, 09 de junio de 2014

Expediente : Cochabamba 18/2014
Parte acusadora : Claudia Alexandra Balderrama Bustos
Parte imputada : Guanda Miriam López Corrales
Delitos : Difamación, Calumnia e Injuria
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina

RESULTANDO

Por memorial presentado el 28 de febrero de 2014, cursante de fs. 225 a 227, Claudia Alexandra Balderrama Bustos, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 14 de febrero de 2014, de fs. 215 a 221, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Guanda Miriam López Corrales, por la presunta comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 Código Penal (CP), respectivamente.

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) Por Sentencia 22/2012 de 3 de octubre (fs. 126 a 128 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a la imputada Guanda Miriam López Corrales, absuelta de culpa y pena por los delitos de Difamación e Injuria, tipificados por los arts. 282 y 287 del CP, y autora de la comisión del delito de Calumnia previsto y sancionado por el art. 283 del CP, imponiéndole la pena de reclusión de seis meses, sin costas por ser Sentencia mixta; asimismo, en cumplimiento del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), concedió el perdón judicial, sin que dicha gracia importe el resarcimiento del daño a favor de la parte acusadora.

b) La referida Sentencia fue recurrida de apelación restringida por Guanda Miriam López Corrales (fs. 146 a 154), resuelta por Auto de Vista de 19 de agosto de 2013 (fs. 168 a 171), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 287/2013-RRC de 4 de noviembre