Auto Supremo AS/0237/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2014-RA

Fecha: 10-Jun-2014

Con esa base fáctica, los recurrentes fundamentan que, el Tribunal de alzada ingresó en contradicción


Con esa base fáctica, los recurrentes fundamentan que, el Tribunal de alzada ingresó en contradicción con los siguientes precedentes: Con el Auto Supremo 29 de 26 de enero de 2007, pues se vulneraron los principios de igualdad y de contradicción, al pretender la consideración de una prueba ilegal, habiendo sido una verdad acreditada que la occisa se suicidó; con el Auto Supremo 117 de 20 de abril de 2006, relativo al debido proceso, porque habiendo solicitado explicación de por qué no se aplicó los demás principios constitucionales; sin fundamentación, negó su petición; y, en relación a los Autos Supremos 067 de 11 de marzo de 2013 y 136 de 20 de mayo de 2013, pues prohíben anular la Sentencia, de verificarse, previa operación hipotética mental, que de no existir la prueba observada o no valorada, igualmente existen otros elementos probatorios que sustentan la resolución de instancia, siendo innecesario el reenvío, pues -aseguran- se llegaría al mismo resultado