Auto Supremo AS/0255/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2014-RA

Fecha: 16-Jun-2014

Al respecto, se constata que el recurrente, además de exponer los antecedentes de la denuncia


La segunda denuncia, relativa a la falta de pronunciamiento del Tribunal de alzada sobre el hecho de que en la Sentencia se incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, por cuanto no se demostró que su conducta se habría acomodado al tipo penal atribuido, debido a que no se especifica de qué manera se produjo el asesinato y cuál su participación en el mismo, no existiendo prueba fehaciente que demuestre estos extremos; la sustenta en los precedentes contradictorios contenidos en los Autos Supremos 67 de 27 de enero de 2006 y 221 de 7 de junio de 2006, que fueron citados en el recurso de apelación restringida planteado por el actual recurrente, requisito sine qua non al emerger la denuncia planteada directamente de la emisión de la Sentencia.

Al respecto, se constata que el recurrente, además de exponer los antecedentes de la denuncia deducida y realizar una transcripción de la doctrina legal determinada en los Autos Supremos invocados, expresa de manera clara y precisa que la contradicción consiste en que su conducta no se adecúa al tipo penal de Asesinato; sin embargo, en este caso se presumió su culpabilidad, antes que su inocencia, permitiendo con tales argumentos sostener que, se cumplió con los requisitos de admisibilidad previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, e ingresar al fondo de la cuestión planteada, resultando admisible este agravio