Auto Supremo AS/0255/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2014-RA

Fecha: 16-Jun-2014

Concluye señalando que, al haberse inobservado y violado normas procesales “en ambas instancias” (sic) como


Concluye señalando que, al haberse inobservado y violado normas procesales “en ambas instancias” (sic) como las previstas en los arts. 360, 361, 362, 363 y 364 del Código de Procedimiento Penal (CPP) en la emisión de la Sentencia, existen defectos absolutos viciados de nulidad; agregando que, el motivante del proceso es la atribución de la comisión del delito de Asesinato; sin embargo aclaradas las circunstancias, puede ser que el occiso falleció o se lesionó por su propia imprudencia, por lo que, afirma, en el presente caso no ocurrió asesinato, sino suicidio