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    Auto Supremo AS/0259/2014-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0259/2014-RRC

    Fecha: 24-Jun-2014

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    • b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados (fs
    • Del memorial de casación cursante de fs
    • Los recurrentes haciendo una remembranza de los tres motivos de su recurso de apelación restringida
    • Notificada la parte querellante el 25 de noviembre de 2013, con el recurso de casación,
    • Sobre la el supuesto defecto previsto por el art
    • En cuanto al tercer motivo reclamado por los imputados, relativos a que la Sentencia incurre
    • Bajo los argumentos expuestos, los recurrentes argumentan violación de las garantías constitucionales de igualdad, debido
    • 2) En el octavo considerando, el Tribunal der alzada argumentó que las pruebas presentadas en
    • 3) En el noveno considerando, después de realizar la misma fundamentación expuesta en el punto
    • En el presente proceso, los recurrentes sustancialmente denuncian que la resolución recurrida de casación contiene
    • III.1. De los precedentes contradictorios citados
    • El Auto Supremo 30 de 26 de enero de 2007, fue dictado dentro del proceso
    • El Auto Supremo 88 de 25 de abril de 2012, dictado dentro del proceso penal
    • Por lo expuesto precedentemente, se establece que entre los Autos Supremos referidos y en el
    • En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando se evidencia que
    • Finalmente, corresponde dejar sentado, que los casos en los cuales existan Autos de Vista suscritos
    • De lo expuesto, se evidencia que el Auto de Vista impugnado fue dictado sin cumplir
    • El Auto Supremo 335 de 10 de junio de 2011, dictado dentro del proceso penal
    • La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
    • Por todo lo expuesto, siendo evidentes las denuncias formuladas en los Recursos de Casación que
    • Por lo expuesto, existiendo una situación fáctica similar, en cuanto a la falta de motivación
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Inicialmente es necesario precisar que motivar es fundamentar, implica exponer los argumentos fácticos y jurídicos
    • En el caso de autos, debe tenerse en cuenta que ha momento de resolverse la
    • En cuanto al segundo motivo de apelación restringida referido a la errónea aplicación de la
    • El argumento destacado precedentemente, a todas luces trata de suplir una fundamentación con argumentos doctrinales
    • Respecto al tercer motivo de apelación restringida, por el cual los recurrentes alegaron falta de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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