Auto Supremo AS/0308/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2014

Fecha: 24-Jun-2014

En la respuesta a la demanda de fs

En la respuesta a la demanda de fs. 105, el recurrente afirma que el 10 de octubre de 2009, los hermanos Carlos, Mario, Margarita y Raúl Feraude Velásquez verbalmente le alquilaron la planta baja del inmueble por un canon mensual; la parte in fine del art. 621 del Código de Procedimiento Civil, dispone que sirve de prueba, en caso de contrato verbal el recibo de pago de alquileres. En obrados no se advierte que el recurrente haya presentado los correspondientes recibos de pago de alquiler que acrediten la calidad de inquilino en la mencionada planta baja del inmueble ubicado en la calle Uyuni Nº 50 de la ciudad de Sucre, por lo que su reclamo no tiene sustento