Auto Supremo AS/0259/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2014

Fecha: 02-Jul-2014

Su escrito de folios 221 y su providencia de folios 222 en su Otrosí se

Su escrito de folios 221 y su providencia de folios 222 en su Otrosí se niega su petitorio no obstante estar dentro lo previsto por el artículo 232 I del Código de Procedimiento Civil, por otro lado las providencias de folios 219 y 217 no han sido notificados por lo cual no corre plazo conforme establece artículo 140 del Código de Procedimiento Civil referente al comienzo de plazos, por lo que el vocal relator les causo indefensión incumpliéndose los artículos 1.I 3 numeral 1) y 3) del Código de Procedimiento Civil y artículos 115 II y 120 I de la Constitución Política del Estado