CONSIDERANDO I:
Distrito:Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1447 a 1452, interpuesto Carlos Alfonso Reyes Blanco por José Carlos Reyes Mirandacontra el Auto de Vista Nº 02/2014 de 03 de enero de 2014, cursante de fs. 1440 a 1442 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Maltratoseguido por José Carlos Reyes Miranda contraPamela Kuiny Cahuana Domínguez, la respuesta al recurso de fs. 1464 a 1467, la concesión del recurso a fs. 1468, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Segundo de Partido de la Niñez y Adolescencia de la ciudad deCochabamba, pronunció Sentencia de 18 de septiembre de 2013, cursante a fs. 1401 a 1405 vta., de obrados, que declara Probada la denuncia de maltrato psicológico de fs. 33 a 34 planteado por José Carlos Reyes Miranda contra Pamela Kuiny Cahuana Domínguez, disponiendo en consecuencia las medidasde protección jurídicacorrespondiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1447 a 1452, interpuesto Carlos Alfonso Reyes Blanco por José Carlos Reyes Mirandacontra el Auto de Vista Nº 02/2014 de 03 de enero de 2014, cursante de fs. 1440 a 1442 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Maltratoseguido por José Carlos Reyes Miranda contraPamela Kuiny Cahuana Domínguez, la respuesta al recurso de fs. 1464 a 1467, la concesión del recurso a fs. 1468, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Segundo de Partido de la Niñez y Adolescencia de la ciudad deCochabamba, pronunció Sentencia de 18 de septiembre de 2013, cursante a fs. 1401 a 1405 vta., de obrados, que declara Probada la denuncia de maltrato psicológico de fs. 33 a 34 planteado por José Carlos Reyes Miranda contra Pamela Kuiny Cahuana Domínguez, disponiendo en consecuencia las medidasde protección jurídicacorrespondiente
- Partes:José Carlos Reyes Miranda.c/Pamela Kuiny Cahuana Domínguez
- Proceso:Maltrato
- CONSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que es apelada por la parte demandada mediante escrito de fs
- El recurrente argumenta queinterpone recurso de Casación en el fondo y en la forma bajo
- Para concluir que la demanda ha descrito claramente los hechos en los que ha incurrido
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- En mérito a lo anteriormente expuesto, interpone recurso de casación en el fondo contra el
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Que, el fundamentodel Tribunal de alzada para disponer la nulidad de obrados se encuentra plasmada
- Si bien el actor al interponer la denuncia en el presente caso de Autos, lo
- Empero,la “nueva”denuncia en el presente caso de Autos se encuentra basada en el numeral 6)
- En ese antecedente, de la revisión de ladenuncia interpuesta en el presente caso se evidencia
- De dicho fundamento se evidenciaque la denuncia que da mérito a la presente causa, se
- De donde se tiene que los hechos denunciados por el actor son nuevos hechos y
- Por lo que en conclusión podemos inferir que no es evidente la falta de presupuestos
- Por otro lado, de la revisión del memorial de apelación se conoce que la parte
- En consecuencia es incorrecta la determinación asumida por el Tribunal de Apelación, porque de forma
- Por lo que éste Tribunal Supremo concluye que no correspondía de manera alguna la nulidad
- POR TANTO:La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- No siendo excusable el error en el que incurrió el Ad quem, se impone multa
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
