Por el acta de Inspección de Visu, de fs
Asimismo, las literales de fs. 113 y 114 de obrados, consistentes en Certificaciones emitidas por la O.T.B. “JACARANDÁ, corroboran lo manifestado por los demandantes respecto al tiempo de posesión, a la continuidad de la misma y la ininterrupción durante más de diez años, acotando además que los actores son reconocidos en el Barrio como verdaderos propietarios
Por el acta de Inspección de Visu, de fs. 156 a 156 y vta., el Juez de la causa evidenció que efectivamente los demandantes tienen su domicilio constituido en los inmuebles demandados, las condiciones del mismo, advirtiendo incluso el desgaste de las paredes por el transcurso de tiempo, aspecto que da cuenta de la data de las construcciones y que coincide con lo manifestado al respecto por los Informes Periciales de fs. 103 a 108 y el de fs. 109 a 112
Por el acta de Inspección de Visu, de fs. 156 a 156 y vta., el Juez de la causa evidenció que efectivamente los demandantes tienen su domicilio constituido en los inmuebles demandados, las condiciones del mismo, advirtiendo incluso el desgaste de las paredes por el transcurso de tiempo, aspecto que da cuenta de la data de las construcciones y que coincide con lo manifestado al respecto por los Informes Periciales de fs. 103 a 108 y el de fs. 109 a 112
- Expediente: CB-34-14-S
- Rocha y presuntos
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Cochabamba
- Contra esa Sentencia los demandantes principales interpusieron recurso de apelación que fue resuelto por la
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 2
- 3
- 4
- Por los argumentos expuestos interpusieron recurso de casación y solicitaron se case el Auto
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por su parte el Código Civil regula dos tipos de usucapión sobre bienes inmuebles: la
- Establecido lo anterior, corresponde inicialmente remitirnos a las pruebas de obrados para determinar si evidentemente
- Por el acta de Inspección de Visu, de fs
- Por los Informes Periciales de fs
- A ello debe añadirse que conforme sale de los documentos privados de fs
- Ahora, si bien es evidente que en el cotejo de la superficie indicada por los
- De todo lo anterior se infiere que los jueces y Tribunales, no pueden ignorar el
- Por los fundamentos expuestos, corresponde a este Tribunal fallar en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No se regula honorarios profesionales
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
