ANTECEDENTES DEL PROCESO
Proceso: Cumplimiento de contrato
Distrito: Cochabamba
VISTOS.- El recurso de casación en el fondo de fs. 884 a 894, interpuesto por Omar Jesús Paz Mendoza en representación legal de “Paz Mendoza Asociados” S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 49/2014 de 21 de febrero de 2014, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de cumplimiento de contrato, seguido por el recurrente contra la Prefectura y Comandancia General del Departamento de Cochabamba, el Auto de concesión del recurso, de fecha 09 de abril de 2014 (fs. 901), los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de Cochabamba, pronunció el Auto definitivo Nº 193/2013 de 02 de septiembre de 2013 cursante de fs. 864 a 865, por el que rechaza la demanda teniéndosela como no presentada, disponiendo el archivo de obrados de la causa
Distrito: Cochabamba
VISTOS.- El recurso de casación en el fondo de fs. 884 a 894, interpuesto por Omar Jesús Paz Mendoza en representación legal de “Paz Mendoza Asociados” S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 49/2014 de 21 de febrero de 2014, emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de cumplimiento de contrato, seguido por el recurrente contra la Prefectura y Comandancia General del Departamento de Cochabamba, el Auto de concesión del recurso, de fecha 09 de abril de 2014 (fs. 901), los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez de Partido Sexto en lo Civil de Cochabamba, pronunció el Auto definitivo Nº 193/2013 de 02 de septiembre de 2013 cursante de fs. 864 a 865, por el que rechaza la demanda teniéndosela como no presentada, disponiendo el archivo de obrados de la causa
- Comandancia General del
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de Alzada que es impugnada por Omar Jesús Paz Mendoza representante legal de
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 3
- 4
- Concluye solicitando que de conformidad a lo dispuesto por los arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- 2 y 3
- Por los aspectos señalados, podemos afirmar que existe contrato administrativo, en tanto y en cuanto,
- Definido la naturaleza del contrato, corresponde analizar la jurisdicción que debe aprehender su conocimiento, en
- Por consiguiente, hasta que el legislativo dote de una Ley especializada, transitoriamente, el Juez competente
- De lo expuesto, se concluye que la vía efectiva para hacer valer la pretensión demandada
- POR TANTO
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
