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1.- Referido al principio de continuidad, al respecto invocó el Auto Supremo Nº 422 de 18 de septiembre de 2009, en el que se anuló obrados, por no cumplirse el art. 336 del Código de Procedimiento Penal. Los Vocales de la causa resolvieron una Apelación Incidental, pero no se excusaron incurriendo en vicios de nulidad absoluta, al respecto mencionó el Auto de Vista Nº 308/2007 emitido por la Sala Penal Primera el 30 de abril de 2007. Al no excusarse incurrieron en contradicción con los Autos Supremos:
Auto Supremo Nº 277-A/2007 de 9 de marzo de 2007
Auto Supremo Nº 018/2007 de 17 de enero de 2007
Auto Supremo Nº 161/2007 de 9 de mayo de 2007
Sentencia Constitucional Nº 0070/2007 de 9 de febrero de 2007
No se les notificó con la resolución de recusación y no se pronunciaron sobre las excepciones e incidentes, aspectos que se hubieran reclamado en su memorial de complementación y enmienda
Auto Supremo Nº 277-A/2007 de 9 de marzo de 2007
Auto Supremo Nº 018/2007 de 17 de enero de 2007
Auto Supremo Nº 161/2007 de 9 de mayo de 2007
Sentencia Constitucional Nº 0070/2007 de 9 de febrero de 2007
No se les notificó con la resolución de recusación y no se pronunciaron sobre las excepciones e incidentes, aspectos que se hubieran reclamado en su memorial de complementación y enmienda
- Con base a la Acusación Fiscal y Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el
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- Que, ante esta Sentencia, Rogelio Colque Flores, Justo Alberto Quispe Callisaya, Natalio Ibañez Ticona y
- Mediante memorial de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
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- VII.- Se vulneró el principio de publicidad, por haberse impedido grabar las audiencias
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- Defectos Absolutos in procedendo e in judicando que vulneran derechos y garantías constitucionales, citando doctrina
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- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- Que, de conformidad al Auto Supremo Nº 177 de 15 de agosto de 2014, se
- De los puntos expuestos en Casación se tiene principalmente la vulneración a los principios de
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- POR TANTO
- En aplicación del art
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante
